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23-06-2010 El próximo día 8 de julio de 2010, a las 12.00 horas, en la Oficina de Pime Formentera, tendrá lugar la presentación de la GUIA GASTRONÓMICA DE FORMENTERA, que ha elaborado PIMEF con ayuda del IDI. La presentación será a cargo de Dña. Jane Wenham, Presidenta de Pimef y D. Angel Pujol, del IDI.

23-06-2010 La Pequeña y Mediana Empresa de Formentera presentó la memoria de actividades del año 2009 a sus asociados.

04-03-2010 Resolución del Consejero de Comercio, Industria y Energía de del gobierno de las Illes Balears, mediante la cual se convocan ayudas para el sector del comercio y servicios. Publicada en el BOIB nº 033 de 27 de febrero de 2010

19-01-2010 DECRETO 46/2009, DE 10 DE JULIO, SOBRE LAS HOJAS DE RECLAMACIÓN O DE DENUNCIA EN MATERIA DE CONSUMO. OBLIGATORIO DESDE EL 18-01-2010

19-01-2010 Pime Formentera ha elaborado un USB de 2 GB con ayuda de una Subvención de la Conselleria de Medioambiente y que incorpora una guía de buenas prácticas medioambientales.

19-01-2010 RESUMEN LEY DE COMERCIO DE LES ILLES BALEARS (Actualizada a la ley 8/2009 de 16 de diciembre- BOIB 22-12-09)

22-12-2009 PIME FORMENTERA LES DESEA FELIZ NAVIDAD Y PROSPERO AÑO NUEVO 2010

22-12-2009 El día 21 de Diciembre, ha sido publicado en el BOIB el calendario de comercio de apertura los festivos para el año 2010

29-10-2009 Renovación del convenio entre la Banca March y PIMEEF

25-09-2009 Durante el mes de Octubre de 2009, se van a llevar a cabo los varios cursos.

24-09-2009 Se ha firmado un convenio con CAM.

23-04-2009 Celebración Asamblea General Ordinaria. Aprobación Memoria 2008

24-02-2009 Presentación por parte de Pime Formentera de la encuesta de actividad de 2008

11-02-2009 Se ha abierto el plazo de inscripción para los cursos de Pime Formentera. Son cursos gratuitos y algunos para activos y otros para desempleados.

09-02-2009 Le informamos de la publicación en el BOIB del 3/2/09 de la apertura del plazo para formar parte de las puebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial que exige el RD 1032/2007 de 20 de julio.

06-02-2009 El pasado 3 de febrero apareció publicado en el BOIB la apertura hasta el próximo 3/05/09 del plazo de solicitud de subvenciones para el sector comercial y de servicios de las Baleares para el ejercicio 2009.

06-02-2009 Se abre el plazo de solicitud de subvenciones para el sector industrial , hasta el 03/05/2009.

01-02-2009 La isla parece capear la crisis, ya que los touroperadores italianos como los españoles, consideran que contará con buenas cifras en 2009, porque sigue siendo un destino atractivo.

03-02-2009 Los afectados por el deslinde de Formentera valoran la medida por lo que supone de precedente administrativo para introducir modificaciones en la Ley de Costas.

08-01-2009 Subvenciones a la modernización de destinos turísticos maduros para actividades turísticas privadas.

19-12-2008 Aprobada línea de subvenciones para préstamos de circulante para pequeñas y medianas empresas.

22-12-2008 APROBADO EN EL BOLETIN OFICIAL DE BALEARES LOS DOMINGOS Y FESTIVOS QUE PODRÁN ABRIR LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EN 2009

05-12-2008 La Conselleria de Comerç, Industria i Energia convoca aquestes ajudes per renovar i substituir diferents tipus d'aparells electrodomèstics per altres de similars amb etiquetatge energètic de classe A o superior.

02-12-2008 El dia 2 de Diciembre se presentó la web www.pimef.es en el marco de la celebración de la Asamblea de PIME Formentera.

01-12-2008 Presentación de un estudio sobre el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en las empresas de Eivissa y Formentera

01-12-2008 La presente temporada en Formentera se ha cerrado con medio punto más de ocupación que el pasado año, lo que consolida a la isla como uno de los destinos más atractivos de Balears para los miles de visitantes que eligen el archipiélago para pasar las vacaciones.

01-12-2008 Un estudio elaborado por la Pimeef destaca que el sector de la hostelería es el más reacio a utilizar Internet. El nivel de formación del gerente de la empresa es determinante a la hora de utilizar las nuevas tecnologías


DECRETO 46/2009, DE 10 DE JULIO, SOBRE LAS HOJAS DE RECLAMACIÓN O DE DENUNCIA EN MATERIA DE CONSUMO.

OBLIGATORIO DESDE EL 18-01-2010

El pasado 18/07/09 fue publicado en el BOIB el Decreto que regula las hojas de reclamaciones y de denuncia en materia de consumo.

El mismo establece, entre otros, la existencia de un modelo único de hoja de reclamación o denuncia que obligatoriamente deben disponer todos los establecimientos  de las islas Baleares a disposición de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, así como la obligación de informar de su existencia.

A partir del 18-01-2010, fecha de entrada en vigor todos los comercios, servicios y actividades profesionales de las Islas Baleares, están obligados a disponer de  estas hojas de reclamación o denuncia de consumo reguladas en el presente Decreto (incluso en aquellos supuestos que ya estén obligados a disponer de las hojas o libros de reclamaciones en base a otra normativa sectorial propia, no específica en materia de consumo, por ejemplo en actividades turísticas, que utilizarán esos modelos, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los modelos del presente Decreto).

Los comercios, servicios y actividades profesionales que a la entrada en vigor de este Decreto y de acuerdo con normativa específica en materia de consumo que les fuese de aplicación, ya estaban obligados a disponer de hojas de reclamaciones, podrán usar las hojas del modelo anterior durante un plazo máximo de dos años a contar desde la entrada en vigor de este Decreto. A partir del 18/07/2011 sólo podrán disponer y usar las hojas de acuerdo con el modelo único aprobado por este Decreto.

El resto de obligados a disponer de hojas de reclamación o denuncia, deberán estar en disposición de entregarlas a los interesados desde el día 18/01/2010.

Las hojas de reclamación o denuncia estarán integradas por juegos unitarios de impresos, numerados correlativamente y de tres folios por juego, el primero de los cuales, que contendrá la firma original del reclamante y, en su caso, del reclamado, será el ejemplar para la Administración, mientras que las dos copias restantes serán para el reclamante y el reclamado.

Las hojas de reclamación o denuncia estarán redactadas en catalán y castellano necesariamente. Podrán ser editadas hojas que incorporen también una lengua extranjera.

La edición y la distribución de las hojas de reclamación o denuncia corresponderá a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Está prohibida la entrega a la persona consumidora o usuaria de cualquier otro tipo de documento distinto del modelo oficial de hojas de reclamación o denuncia.

En todos los establecimientos habrá expuesto permanentemente, y en un lugar perfectamente visible de la dependencia o dependencias del establecimiento donde se atienda al público, o del acceso a aquel, un cartel informativo, redactado en catalán y castellano, con la leyenda ‘Hay hojas de reclamación o denuncia a disposición del consumidor o usuario’. En este cartel se podrá incluir la misma leyenda redactada, además, en la lengua extranjera que el titular del establecimiento considere oportuno.

Las dimensiones del cartel no serán inferiores a una hoja DIN-A4, y las de las letras, no inferior a 2 centímetros

Las hojas de reclamación o denuncia deberán entregarse por la persona responsable o por cualquier empleado del establecimiento o servicio a la persona consumidora o usuaria, cuando lo solicite, gratuitamente y en la misma dependencia donde se halle en el momento de formular la solicitud de entrega, sin que se le pueda remitir a otros edificios, sedes administrativas o sedes centrales, o a momento distinto a aquel en el que fueron solicitadas.

Antes de entregar la hoja, el obligado a la entrega deberá comprobar que consten en la misma el nombre o denominación social del prestador del servicio, y la identificación del establecimiento concreto con su nombre y dirección.

El consumidor o usuario reclamante ha de presentar ante la Dirección General de Consumo o en la oficina municipal de información a los consumidores que resulte competente en los términos municipales donde esta oficina exista, el original de la hoja de reclamación en el plazo máximo de 20 días desde su formulación.

Dentro del citado plazo de 20 días, el reclamante y el reclamado pueden intentar directamente llegar a una solución de la disputa. También dentro del mismo plazo 20 días, el reclamante podrá solicitar a la asociación de consumidores y usuarios de su elección, o a la oficina municipal de información a los consumidores que resulte competente, que lleve a cabo las acciones mediadoras ante la empresa reclamada con el objeto de obtener una solución pactada a la controversia que ha causado la reclamación.

El modelo oficial de hoja de reclamaciones de la Dirección General de Consumo del Govern Balear puede obtenerse en el siguiente enlace:

 http://www.caib.es/govern/archivo.do?id=423072

 


 



Documentos para descargar relacionados con la noticia (pulse sobre ellos para consultarlos)

Model full reclamacio


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